ENTREVISTA ONLINE

Este servicio es gratuito y se encuentra disponible para Nuevos trámites previsonales (jubilación o pensión) o Reajustes de haberes.

También se encuentra disponible con costo para Asesoramiento sobre situación previsional o Asesoramiento a profesionales para resolución de casos.

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NOSOTROS

Estudio jurídico

El Dr. Juan Pablo Yver es abogado graduado de la Universidad de Buenos Aires en el año 1997, y se ha desempeñado y especializado desde entonces en la práctica del derecho previsional, inicialmente en ANSeS, luego en Consolidar AFJP, y en la actualidad como abogado previsional independiente.

En el ámbito académico, ha dictado cursos, seminarios y jornadas de capacitación laboral en Universidades, Congresos, Institutos, Cajas Previsionales, Editoriales, Sindicatos y Empresas, sobre diversos aspectos de la problemática previsional y dirigido a diversos actores tales como profesionales, gestores, empleadores, trabajadores, y particulares. Actualmente es docente de diversos cursos en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.

También ha publicado más de 50 artículos jurídicos sobre diversos aspectos de la materia previsional en reconocidas revistas jurídicas del país, y ha elaborado variado material de capacitación para los cursos, seminarios y jornadas.

Asimismo, es el autor del libro “Manual Teórico Práctico del SICAM” que fue publicado por la Editorial Hammurabi en Abril de 2010, que fue reeditado en el año 2012.

En la actualidad, es el titular de cinco Estudios Jurídicos con cobertura geográfica en todo el país donde se prestan servicios previsionales a particulares, empresas, sindicatos y profesionales, para dar solución a múltiples problemáticas que se presentan en la materia, tanto en la gestión de trámites previsionales (jubilación, invalidez, pensión, reconocimiento de servicios, etc) como en la actuación judicial para el reconocimiento de derechos denegados (reajustes por movilidad, impugnación de resoluciones denegatorias, etc).

SERVICIOS PREVISIONALES A PARTICULARES

GESTIONES ANTE LA ANSES

Tramitación de Jubilaciones con o sin aportes.
Tramitación de Pensiones por Fallecimiento.
Tramitación de Retiro por Invalidez.
Tramitación de Reconocimiento de Servicios.
Impugnación de Resoluciones Denegatorias.
Reclamos administrativos.

ANÁLISIS DE SITUACIÓN PREVISIONAL

Cálculos y proyecciones del haber provisional.
Análisis de cantidad de años de aportes, y evaluación de cómo completar los años faltantes.

OTROS JUICIOS PREVISIONALES

Impugnación de Denegatorias.
Amparos.

LIQUIDACIÓN DE SICAM

JUICIOS DE REAJUSTE POR MOVILIDAD

Casos Badaro, Sanchez, Eliff.

SERVICIOS PREVISIONALES A EMPRESAS

PRESENTANCIÓN DEL SERVICIO

La gestión de las prestaciones previsionales conlleva dificultadas y demoras, que ameritan la intervención de profesionales altamente especializados en la materia, que lleven adelante su tramitación hasta el otorgamiento del beneficio.

La intervención del profesional implicará los siguientes beneficios para el empleador:

1. Conocer con precisión cuando sus empleados están en condiciones de acceder a la jubilación, permitiéndole cursar la intimación prevista en el artículo 252 de la Ley de Contrato de Trabajo.
2. Conocer alternativas para que aquél empleado que no cumpla los requisitos, tenga la posibilidad de completarlos. A dichos efectos, deberá tenerse presente que: Desde Enero de 2006 está vigente una normativa que permite a todos los afiliados (sin restricción de edad ni de servicios) incluir en una moratoria períodos impagos (sea que haya estado inscripto y no haya aportado o sea que no haya estado inscritpo y se incriba en el presente para sumar años de servicios) con la posibilidad de cancelarlos a valores muy reducidos (cancelando cada año desde $ 781,92) de contado o financiado hasta en 60 meses, y permitiendo al empleado acceder a la jubilación sin tener que esperar a la cancelación de la deuda. Sigue estando vigente la posibilidad de realizar declaración jurada de servicios (sin necesidad de acreditarlos). Sigue estando vigente la posibilidad de compensar falta de servicios por exceso de edad. Aquellos empleados que durante su vida laboral hayan desempeñado servicios insalubres, tienen derecho a una reducción proporcional de edad jubilatoria y/o los servicios exigidos. Existe la Prestación por Edad Anticipada para aquellos empleados que no tengan los 30 años de servicios, si es que tienen 70 años de edad.
3. Evitar las innumerables demoras que padecerá el empleado en la gestión de su trámite previsional, a saber:
Gestiones ante AFIP: tramitación de formularios de inscripción.
Gestiones en Internet: tramitación de SICAM (determinación de deuda).
Gestiones ante ex empleadores: obtención de certificaciones de servicios.
Gestiones ante Centros de Gestión y Participación: informaciones sumarias.
Gestiones ante Registros Civiles: obtención de partidas de matrimonio y de nacimiento.
Gestiones ante ANSeS o AFJP: obtención de historia previsional, obtención de formularios, obtención de turnos, inicio del trámite, cumplimentación de requerimientos, reinicio, del trámite, etc.
4. Evitar las demoras permitirá que el empleado permanezca en su puesto de trabajo durante toda la gestión del trámite.
5. Evitar las demoras implicará que el empleado acceda a su prestación en menor tiempo.
6. Asegurarse que el empleado accederá a su prestación previsional, evitando denegatorias improcedentes.
7. Conocer el momento preciso en el cuál el empleado accede a la prestación previsional, permitiendo al empleador extinguir la relación laboral conforme lo previsto por el art. 252 de la Ley de Contrato de Trabajo.
8. Estar asesorado sobre el monto de la prestación a la que accederá el empleado y las posibilidades de complementar la misma.

La intervención del profesional implicará los siguientes beneficios para el empleado:

Evitará colas y demoras excesivas.
Conocer todas las alternativas disponibles para que pueda acceder a alguna de las prestaciones previsionales.
Acceder en menor tiempo a su prestación previsional.
Acceder a la mejor prestación previsional posible, eliminándose parcial o totalmente los períodos autónomos, si estos disminuyeran al haber y sobrara tiempo de servicios.
El cálculo de su haber previsional estará controlado y verificado.
La resolución será apelada si deniega el beneficio o si existe un error en el cálculo del mismo.



SERVICIOS PREVISIONALES A EMPRESAS


I- PLANES PARA EMPRESAS DE TRAMITACIÓN DE PRESTACIONES PREVISIONALES DE EMPLEADOS Y EX EMPLEADOS.

A- SERVICIO COMPLETO: este servicio consiste en la tramitación completa de las prestaciones previsionales (jubilación, invalidez, minusvalía, edad avanzada, pensión) a las cuales pudiera tener derecho el empleado o sus derechohabientes:
-Cálculo de cumplimiento de requisitos jubilatorios (edad y servicios). En el caso que no cumpla el requisito de servicios, se podrá completar: Incluyendo servicios por declaración jurada, Calculando la compensación de servicios por exceso de edad, Creando períodos de autónomos, los cuales se podrán cancelar a valores muy reducidos (por aplicación del Plan de Facilidades de Pago Ley 24.476) de contado o en cuotas que se irán descontando del beneficio jubilatorio.
-Obtención de documentación de relación de dependencia necesaria para iniciar el trámite previsional, a saber: Certificaciones de Servicios, Documentación sustituta de la Certificación de Servicios cuando no exista el empleador.
-Gestión de la documentación de autónomos necesaria para iniciar el trámite previsional, a saber: Determinación de deuda a través del SICAM, Adhesión a la Moratoria para pago en cuotas o contado, Formulario 460 de inscripción, Formulario 929 de baja.
-Gestión de la documentación civil necesaria para iniciar el trámite previsional, a saber: Partidas de Matrimonio, Partidas de Nacimiento.
-Cálculo previo de la prestación.
-Presentación del expediente en ANSeS.
-Seguimiento del expediente hasta la resolución del beneficio.
-Impugnación administrativa o judicial en caso de denegatoria.
-Control de la liquidación de las prestaciones previsionales en caso de otorgamiento.

B- SERVICIO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS Y CÁLCULO
-Cálculo de cumplimiento de requisitos jubilatorios (edad y servicios). En el caso que no cumpla el requisito de servicios, se podrá completar: Incluyendo servicios por declaración jurada, Calculando la compensación de servicios por exceso de edad, Creando períodos de autónomos, los cuales se podrán cancelar a valores muy reducidos (por aplicación del Plan de Facilidades de Pago Ley 24.476) de contado o en cuotas que se irán abonando a medida que se percibe la prestación previsional.
-Cálculo de la mejor prestación: se evaluará el mejor haber que se puede obtener no computando o computando total o parcialmente los servicios autónomos

C- SERVICIO DE TRAMITACIÓN DE DEUDA DE AUTÓNOMOS PARA COMPLETAR AÑOS DE SERVICIOS.
-Gestión de la documentación de autónomos necesaria para iniciar el trámite previsional, a saber: Determinación de deuda a través del SICAM, Adhesión a la Moratoria para pago en cuotas o contado, Formulario 460 de inscripción, Formulario 929 de baja.


II- PLANES PARA EMPLEADOS Y EX EMPLEADOS DE TRAMITACIÓN DE PRESTACIONES PREVISIONALES.

A- SERVICIO COMPLETO: idem que los especificados en el punto I.
B- SERVICIO DE TRAMITACIÓN DE DEUDA DE AUTÓNOMOS PARA COMPLETAR AÑOS DE SERVICIOS: idem que los especificados en el punto I.

SERVICIOS PREVISIONALES A PROFESIONALES

DERIVACIONES DE CASOS COMPLEJOS

LIQUIDACIÓN DE SICAM

CÁLCULOS DE REAJUSTES

CAPACITACIÓN

CAPACITACIÓN

CURSOS PARA UNIVERSIDADES Y OTRAS ORGANIZACIONES

SICAM
Gestoría Provisional
Requisitos para las Prestaciones previsionales
Probatoria de Servicios

CURSOS PARA PROFESIONALES Y GESTORES
CURSOS PARA EMPRESAS

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